Los seres humanos hacemos la historia en condiciones independientes de nuestra voluntad.
Un disparate monumental
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Los seres humanos hacemos la historia en condiciones independientes de nuestra voluntad.
"El decreto de disolución fijará la fecha de las elecciones". Estas son las últimas palabras del artículo 115 de la Constitución. El decreto de disolución del Parlamento tiene que ser simultáneamente un decreto de convocatoria de nuevas elecciones. Es opinión unánime en la doctrina que un decreto de disolución que no contuviera la fijación de la fecha de las nuevas elecciones sería nulo de pleno derecho.
En el ordenamiento español no se contempla ningún supuesto en que se pueda cambiar la fecha de celebración de las elecciones fijada en el decreto de disolución/convocatoria. Ni por parte del presidente del Gobierno de la Nación o de la Comunidad Autónoma, ni por parte del Poder Judicial.
Y no se puede cambiar, porque la propia Constitución, en el artículo 68.6, dispone que "las elecciones tendrán lugar entre los treinta días y los sesenta días desde la terminación del mandato", que se produce el día de la publicación del decreto de disolución.
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